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Proyecto SuperVigilancia

En atención a lo dispuesto en el Decreto Ley 356 de 1994 y el Decreto 2355 de 2006, corresponde a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada ejercer la inspección, vigilancia y control sobre la industria y los servicios de vigilancia y seguridad privada en los términos establecidos en las mencionadas disposiciones.

La Superintendencia está facultada para solicitar la información financiera y en generar el cobro de la Cuota Única de Contribución en la forma y términos que considere procedentes.

Evite Multas y Sanciones. Las entidades controladas por la Superintendencia de Vigilancia, de acuerdo a la Circular Externa No. 0165 se encuentran obligadas a realizar su reporte de información financiera haciendo uso de la Firma Digital por Revisores Fiscales o Contadores.

 

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